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¿Ya te pagaron utilidades? Este es el último día para recibir tu pago en 2026

¿Hasta cuándo tienen las empresas para pagar utilidades en este 2026? Conoce el plazo límite para personas morales y físicas.

¿Ya te pagaron utilidades? Este es el último día para recibir tu pago en 2026 (Foto: Freepik)
¿Ya te pagaron utilidades? Este es el último día para recibir tu pago en 2026 (Foto: Freepik)
Ana Laura Barroso
Ana Laura Barroso

Si eres patrón o tienes una empresa, esto te interesa; y si eres trabajador y aún no has recibido tu PTU (Participación de los Trabajadores en las Utilidades), también. 

Como sabrás, el reparto de utilidades tiene fechas límite que no se pueden pasar por alto, y dependiendo del tipo de patrón, el plazo puede variar. Pero dejarlo para después no es una opción, ya que su incumplimiento puede generar multas, recargos e incluso problemas legales.

¿Por qué hay dos fechas límite para pagar las utilidades?

La lógica legal es sencilla, ya que las utilidades deben pagarse dentro de los 60 días posteriores a la fecha en que el patrón presenta su declaración anual del Impuesto Sobre la Renta (ISR).

Y cómo las empresas (personas morales) tienen un calendario fiscal distinto al de las personas físicas, los plazos corren de manera diferente.

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¿Cuál es la fecha límite para recibir el pago de utilidades en 2026?

Si trabajas para una empresa constituida como persona moral, como la mayoría de los negocios formales, el plazo límite es el 30 de mayo de 2026.

Pero, si en cambio tu patrón es una persona física con actividad empresarial, como un pequeño comerciante, un consultor independiente con empleados o un profesionista con personal a su cargo; la fecha se extiende hasta el 29 de junio de 2026.

¿Quiénes tienen derecho a recibir utilidades?

No todos los trabajadores están obligatoriamente en el reparto de utilidades.

Para tener derecho a la PTU 2026, que corresponde a las utilidades generadas por la empresa en 2025, debes cumplir con estos requisitos:

  • Haber trabajado al menos 60 días durante el año fiscal 2025 (aunque no hayan sido continuos).
  • Estar en una relación laboral formal (con contrato, IMSS, etc.).
  • No pertenecer a los puestos excluidos por la ley (directores, administradores, gerentes generales, socios o accionistas, y trabajadores eventuales que no cumplan los 60 días).

Si cumples con estos criterios y tu empresa declaró utilidades ante el SAT, te toca pago de PTU.



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