El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) informó que la Clave Única de Registro de Población (CURP) biométrica será aceptada como identificación oficial para ciertos trámites presenciales. Sin embargo, aclaró que su aplicación será progresiva y que, mientras se consolida su implementación en todo el país, los ciudadanos podrán seguir utilizando identificaciones vigentes como la credencial del Instituto Nacional Electoral (INE).
La medida fue publicada mediante decreto en el Diario Oficial de la Federación (DOF), donde se establece que quienes realicen trámites presenciales ante el IMSS deberán identificarse con la CURP con datos biométricos o con una identificación oficial vigente con fotografía.
¿Quiénes deberán presentar la CURP biométrica?
De acuerdo con el Artículo 1 del decreto, la disposición aplica para toda persona que solicite de forma presencial algún trámite ante el IMSS.
Esto significa que, una vez que la CURP biométrica esté completamente habilitada en el país, podrá convertirse en el único medio nacional de identificación oficial, según lo señala el Artículo Segundo Transitorio.
No obstante, la autoridad precisó que la transición será gradual, por lo que actualmente no es obligatorio contar con este documento para realizar trámites.
¿Para qué trámites será requerida en el IMSS?
Entre los principales procesos en los que podría solicitarse la CURP biométrica se encuentran:
- Alta patronal e inscripción en el seguro de riesgos de trabajo.
- Asignación o cancelación del Registro Patronal Único (RPU).
- Asignación del Número Patronal de Identificación Electrónica (NPIE) y certificado digital.
- Avisos de movimientos afiliatorios, como altas, bajas o modificaciones salariales.
Estos trámites están relacionados principalmente con empleadores y patrones, tanto personas físicas como morales.
¿Por qué el IMSS impulsa esta medida?
La integración de la CURP biométrica forma parte de una estrategia conjunta con la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones para avanzar hacia la digitalización de expedientes y reducir la burocracia.
El objetivo es facilitar los procesos administrativos, disminuir la solicitud de documentos adicionales y fortalecer la validación de identidad, especialmente en entornos digitales.
¿En qué otros trámites podría solicitarse la CURP biométrica?
Aunque la ley no establece un listado cerrado, la normativa señala que entes públicos y privados deberán utilizar la CURP para validar identidad. Por ello, podría pedirse en:
- Inscripción a escuelas.
- Acceso a servicios médicos federales.
- Cobro de becas, apoyos y pensiones.
- Trámites de pasaporte, licencias y actas oficiales.
- Programas sociales federales podrían incorporarla conforme avance su implementación.
Entonces, ¿la CURP biométrica ya es obligatoria?
Con base en la Ley General de Población y el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación DOF señaló que la CURP biométrica tendrá carácter obligatorio como identificación oficial cuando incorpore fotografía y huellas. Su implementación será progresiva y cada dependencia definirá sus propios plazos operativos.
En síntesis, la base legal establece su obligatoriedad como documento de identidad nacional, pero su aplicación práctica se desplegará por etapas. Por ahora, los ciudadanos pueden continuar utilizando sus identificaciones oficiales vigentes mientras se completa la transición.
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